Si tienes interés en hacernos periódicamente un donativo, debes rellenar todos los apartados y recibirás un giro por el importe y en los plazos que hayas indicado.
Una vez recibamos tu solicitud, nos pondremos en contacto a través de correo electrónico para confirmarla.
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¡Muchas gracias por tu colaboración!
INFORMACIÓN DEDUCCIÓN FISCAL POR DONATIVOS:
- ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Nuestro Instituto Iesu Communio está acogido a la Ley española 49/2002 del 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que establece la siguiente deducción, para el conjunto de tus donativos durante todo el año a entidades con derecho a deducción.
- PERSONAS FÍSICAS (IRPF)
Los primeros 250€: 80%
El resto del importe: 40%
El resto del importe en donaciones recurrentes: 45%
- PERSONAS JURÍDICAS
Del importe total de las donaciones: 40%
En las donaciones recurrentes: 50%
- CERTIFICADOS DE ACREDITACIÓN
Recuerda que para que te puedas beneficiar de esta deducción tenemos que informar a la Agencia Tributaria española del importe de tus donativos y darte un certificado acreditativo de los mismos, por lo que es imprescindible que nos digas que quieres desgravar este donativo y facilitarnos tus datos completos (nombre y apellidos, NIF, domicilio fiscal completo con CP; o sus equivalentes si eres persona jurídica).